Plan 2i de Promoción de la Innovación y la Inversión avanzada 2020

Escrito el 31-03-2020 en Convocatorias - Programa de ayuda que persigue incrementar la capacidad de las empresas de Bizkaia

Objetivo

Programa de ayuda que persigue incrementar la capacidad de las empresas de Bizkaia para competir, innovar y realizar inversiones tecnológicamente avanzadas, de forma sostenible e integrada en su entorno y mejorar el acceso a financiación para sus proyectos de innovación.

Entidades Beneficiarias:

1.  Pequeñas y Medianas Empresas de Bizkaia con plantilla de 5 a 100 personas y cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la industria, Turismo y Comercio al por Mayor que cumplan los siguientes requisitos:

·  Tener su domicilio social y fiscal en el T.H. de Bizkaia.

·  Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido en el T. H. de Bizkaia.

·  Tener una plantilla entre 5 y 100 personas.

·  Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la S.S y por reintegro de subvenciones.

·  No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo.

2.  Empresas que hayan sido adjudicatarias de subvención al amparo del programa de ayudas regulado en el punto anterior.

Proyectos Subvencionables:

1.  Actuaciones orientadas a mejorar la competitividad de la entidad solicitante mediante proyectos de innovación, tanto tecnológica como no tecnológica, en cualquier área de la entidad (proceso, producto, organización, participación, mercado, protección de la propiedad…) e inversiones avanzadas, coherentes con el modelo de negocio de la entidad y con alto impacto.

·  Diseño y desarrollo de nuevos productos/servicios o mejoras sustanciales sobre los actuales.

·  Introducción de novedades en el proceso productivo.

·  Inversiones para la modernización, mejora y ampliación de equipamiento productivo para ser tecnológicamente más avanzados.

·  Transformación del modelo de negocio para orientarse a la venta de elementos de mayor valor añadido, incluyendo la “servitización” entendida como la evolución desde la venta del producto hacia el binomio producto + servicio.

·  La innovación para la apertura a nuevos mercados y generación de vías de comercialización (no internacionalización, viajes, ferias, etc.).

·  Transformación organizacional basada en el protagonismo de las personas y los equipos.

·  Presentación y tramitación de solicitudes de patente europea, internacional o nacional en el extranjero, de modelos de utilidad o de diseño comunitario internacional o nacional en el extranjero.

·  Estudios previos para el análisis de la adquisición de empresas como herramienta para aumentar la competitividad.

2.  Préstamos otorgados por el “Fondo de Innovación FILPE” para proyectos que hayan recibido subvención por el hecho subvencionable del Capítulo I.

La solicitud de préstamo es voluntaria y deberá realizarse a través de Elkargi SGR. La obtención de subvención conforme al capítulo I no otorga derecho a de concesión de préstamo, para lo que deberá superar el análisis de riesgos del “Fondo de Innovación FILPE” y obtener informe positivo del carácter innovador por parte de BEAZ. Más información sobre los préstamos del ”Fondo de Innovación FILPE” en el siguiente enlace: https://www.elkargi.es/es/producto/fondo-innovacion

Periodo de Ejecución:

Entre 01/01/2019 y 30/06/2021.

Gastos Subvencionables:

1.  Se considerarán subvencionables los siguientes costes:

·  Gastos externos directamente vinculados al proyecto (no se apoyan gastos de empresas vinculadas).

·  Inversiones en inmovilizado: 206 Aplicaciones Informáticas, 212 Instalaciones Técnicas, 213 Maquinaria, 215 Otras Instalaciones, 217 Equipos para procesos de información.

o  Las inversiones para ser subvencionables, deberán mejorar significativamente la posición competitiva de la empresa y ser tecnológicamente avanzadas. Así mismo, deberán:

o  Entrar en uso o en funcionamiento por primera vez.

o  Permanecer como mínimo 5 años en el activo de la empresa a partir de la fecha de factura.

o  No hallarse alquilados ni cedidos a terceros, con o sin contraprestación.

o  No haber sido fabricados por la propia empresa.

·  Gastos de personal (máximo 3 personas y 120h/mes en empresas entre 5 y 49 trabajadores y 6 personas y 240h/mes en las de 50-100).

·  NO se aceptarán documentos de pago inferiores a 1.000€ (SIN IVA).

·  Los gastos superiores a 15.000€ (SIN IVA) se deberán presentar 3 ofertas o justificación de la no existencia de otro subcontratado con las características buscadas. Los superiores a un 20% del presupuesto y más de 60.000€ deberán formalizar contrato y ser aprobados por la DFB.

2.  Los gastos financieros correspondientes a los préstamos concedidos por el “Fondo de Innovación  FILPE”

Tipo de Subvención:

Condiciones:

·  Máximo 2 solicitudes por empresa.

·  Está sujeto a MINIMIS (del grupo).  

·  Compatible con otras ayudas (hasta límite según Ley Subvenciones).

·  Firma electrónica

Plazo de Solicitud:

Del 30 de marzo de 2020 y finalizará a las 13:30 del 7 de mayo de 2020.


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