Programa HAZITEK 2022

Escrito el 14-02-2022 en Convocatorias - Apoyo a la realización de Proyectos de Investigación Industrial o Desarrollo Experimental, tanto de carácter competitivo como de carácter estratégico, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi para mejorar su competitividad.

OBJETIVOS

Apoyo a la realización de Proyectos de Investigación Industrial o Desarrollo Experimental, tanto de carácter competitivo como de carácter estratégico, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi para mejorar su competitividad. Con tal fin subvenciona proyectos que incluyan actividades de I+D para desarrollar nuevos productos y planes de investigación industrial y desarrollo experimental de carácter estratégico desarrollados en el País Vasco.

El objetivo final del programa Hazitek es fortalecer toda la industria vasca generando un impacto y un retorno económico significativo.

BENEFICIARIOS

·  GRAN EMPRESA

·  PYME

·  MICRO EMPRESA

·  ASOCIACIONES SECTORIALES o EMPRESARIALES

·  RVCTI (sólo en lanzamiento de nuevas empresas de base científica y tecnológica)

Todas las entidades beneficiarias deberán presentar la cuenta justificativa de la subvención incluyendo un informe de auditoría. El coste de auditoría será subvencionable hasta un máximo de 1.500 euros por proyecto y entidad beneficiaria.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

1.  Proyectos de Investigación y Desarrollo de carácter competitivo:

·  Proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos, procesos o servicios que permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

·  Proyectos dirigidos al lanzamiento de nuevas empresas de base científica y tecnológica.

Deberán incluir un conjunto coherente de actividades de I+D+i, claramente orientadas al desarrollo de productos originales y superiores a los ya existentes a fin de dar mejor satisfacción a las demandas del mercado y de la sociedad, o claramente orientadas al uso o la generación de conocimiento comercializable a fin de crear nuevas empresas que combinen de forma suficiente los siguientes elementos:

·  Desarrollo de actividades o comercio con productos y servicios que impliquen un alto nivel de conocimiento científico y tecnológico.

·  Desarrollo de un nivel elevado de actividades de I+D+i.

·  Utilización de derechos de la propiedad intelectual, ya sean generados por la misma empresa o adquiridos mediante licencias en exclusiva, como ventaja competitiva clave en el negocio;

·  Participación activa en el desarrollo de la empresa de personal científico y tecnológico altamente cualificado.

2.  Proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental en sectores estratégicos:

Contemplados en los Ámbitos de Especialización del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030, que fomenten una colaboración público-privada en Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación, de forma que ejerzan un efecto tractor sobre la economía del País Vasco.

Se subvencionarán las actividades de I+D+i, orientadas a crear nuevos conocimientos útiles para obtener nuevos o mejores productos, procesos o servicios, así como integrar nuevas tecnologías de carácter estratégico, crear nuevas patentes y nuevas empresas de base científico-tecnológica (NEBTs). Y, todo ello, orientado a la creación de empleo y a diversificar el tejido empresarial vasco, así como a mejorar la competitividad empresarial.

REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS SUBVENCIONABLES.

1.  Proyectos de Investigación y Desarrollo de carácter competitivo:

·  Se establece un tamaño mínimo de proyecto por año:

o  Individual: 100.000 euros.

o  Cooperación: 50.000 euros por empresa participante.

·  Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

·  La entidad beneficiaria no podrá contratar con terceros la actividad subvencionada por encima del 50% del importe total del proyecto subvencionado.

·  Las Áreas de Actuación científico-tecnológicas para estos proyectos subvencionables deberán estar enmarcadas en los ámbitos de especialización del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, Euskadi 2030.

2.  Proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental en sectores estratégicos:

·  Las Áreas de Actuación científico-tecnológicas estratégicas para estos proyectos subvencionables estarán enmarcadas mayoritariamente dentro de las prioridades establecidas en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 / Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3) que son las siguientes:

o  Energía.

o  Manufactura avanzada.

o  Biociencias-Salud.

·  Iniciar el proyecto con posterioridad a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.

·  El proyecto deberá presentar un presupuesto total, mínimo de 4 millones de euros y una duración máxima de tres años.

·  El consorcio de empresas estará constituido como mínimo por 3 empresas. Y un agente de la RVCTI en calidad de subcontratado con las siguientes condiciones:

o  Uno de los socios asumirá como contratista principal la condición de líder para la dirección del proyecto, y la representación del consorcio a efectos de responsabilizarse de todas las funciones de interlocución y relación necesarias para la buena marcha del proyecto con la Administración de la CAPV.

o  Será necesaria la participación de al menos un agente de la RVCTI, como subcontratados por una o varias de las empresas de dicho consorcio, y la participación en su conjunto será como mínimo del 20% del total del presupuesto presentado.

o  Una empresa perteneciente al consorcio no podrá estar también como subcontratada por otra empresa del mismo consorcio.

·  Para el encaje de los proyectos en este programa tendrá especial consideración el cumplimiento de los siguientes principios básicos:

o  Interés estratégico para el País Vasco.

o  Liderazgo empresarial.

o  Intensidad importante de la inversión empresarial en I+D+i.

o  Aprovechamiento de las capacidades científico-tecnológicas de Euskadi.

o  Dimensión global de la innovación empresarial.

o  Efecto tractor sobre la economía vasca.

·  La entidad beneficiaria no podrá contratar con terceros la actividad subvencionada por encima del 50% del importe total del proyecto subvencionado.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

·  Actividades de Investigación Industrial. Están encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Permiten alcanzar un nivel de madurez tecnológica equivalente a un TRL3.

·  Actividades de Desarrollo Experimental. La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Permiten alcanzar un nivel de madurez tecnológica equivalente a un TRL6.

COSTES SUBVENCIONABLES

·  Costes de personal (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla)

·  Costes Indirectos (15% de los costes directos de personal subvencionables)

·  Coste del asesoramiento exterior y servicios equivalentes.

·  Costes de subcontratación a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, acreditados a tal efecto.

·  Costes de consultoría y servicios equivalentes(se Incluye auditoría).

·  Gastos de explotación (material y suministros).

·  Costes de instrumentos y equipos utilizados (amortización).

·  Costes de derechos propiedad industrial para las PYME.

REQUISITOS DE LOS COSTES SUBVENCIONABLES:

Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20% del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, el contrato deberá celebrarse por escrito.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere los 15.000 euros, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien. Dichas ofertas se presentarán en la justificación.

TIPO DE FINANCIACIÓN

1.  Proyectos de Investigación y Desarrollo de carácter competitivo:

Subvención No Reintegrable con un límite máximo 250.000 euros de subvención por entidad beneficiaria y año.

Los límites de las ayudas (subvenciones no reintegrables), hasta los máximos de los porcentajes siguientes:

·  Para proyectos de Investigación Industrial: Hasta el 40% de los costes subvencionables

·  Para proyectos de Desarrollo Experimental: Hasta el 25% de los costes subvencionables.

·  Para los proyectos en cooperación transnacional, como es el caso de las iniciativas ERA NETS, un 5% adicional de los costes subvencionables, siempre que ninguna siempre que ninguna empresa corra por si sola con más del 70% de los costes subvencionables.

2.  Proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental en sectores estratégicos:

Los límites de las ayudas (subvenciones no reintegrables), hasta los máximos de los porcentajes siguientes:

·  Para proyectos de Investigación Industrial: Hasta el 50% de los costes subvencionables

·  Para proyectos de Desarrollo Experimental: Hasta el 25% de los costes subvencionables.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN:

FASE I: SELECCIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS

1.  Presentación de solicitud vía electrónica, acompañada por:

·  Impreso de solicitud firmado.

·  Memoria técnico-económica del proyecto

·  Memoria descriptiva de los datos básicos de la actividad de empresa.

·  Para los proyectos en colaboración, copia del acuerdo de colaboración firmado.

·  Poderes del representante legal

2.  Evaluación

3.  Resolución: para los proyectos aprobados se indicará la puntuación obtenida, presupuesto aceptado/aprobado y los plazos para su realización. Esto no garantiza de manera automática la concesión de la ayuda.

FASE II: CONCESIÓN DE AYUDAS

1.  Presentación de solicitud de la ayuda para los proyectos aprobados en la FASE I, acompañado por la siguiente documentación:

·  Impreso de solicitud firmado

·  Para los proyectos en colaboración, acuerdo de cesión de representación a la empresa líder firmado por todos.

·  Copia de Tarjeta Identificación Fiscal

·  Declaración Responsable

·  Declaración Efecto Incentivador.

PLAZOS

Desde 12 de Febrero de 2022 hasta el 24 de Marzo de 2022 a las 12:00 horas

NOTA: Será obligatorio disponer de un certificado digital válido. Todas las notificaciones se realizarán por medios electrónicos: http://www.euskadi.eus/misgestiones

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