Programa SMART MOBILITY INDUSTRY 2021

Escrito el 11-05-2021 en Convocatorias - Impulsar la transformación de las empresa y/o entidades sin ánimo de lucro que realicen implantaciones piloto en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, orientando su actividad hacia nuevos nichos de negocio relacionados con el concepto de Smart Mobility Industry, en particular en los sectores de actividad relacionados con la Electromovilidad, el almacenamiento de energía y el vehículo autónomo.

OBJETO

Impulsar la transformación de las empresa y/o entidades sin ánimo de lucro que realicen implantaciones piloto en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, orientando su actividad hacia nuevos nichos de negocio relacionados con el concepto de Smart Mobility Industry, en particular en los sectores de actividad relacionados con la Electromovilidad, el almacenamiento de energía y el vehículo autónomo.

A estas subvenciones podrán presentarse proyectos impulsados por empresas de manera individual o por un conjunto de entidades, en cuyo caso una ejercerá de líder de todas ellas y será la responsable de la solicitud.

1.  PROYECTOS PILOTO (presupuesto 300.000 €)

Se trata de desarrollar experiencias piloto de dichas tecnologías y analizar sistemáticamente su uso, preferentemente en un ecosistema de innovación abierto, en contextos reales y cotidianos, para su validación técnica y del modelo de negocio asociado. mediante proyectos:

Gastos Subvencionables

·  Personal; investigadores, técnicos y demás personal auxiliar.

·  Equipamiento, instrumental y material.

·  Consultoría y servicios equivalentes.

·  Investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

·  Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; el conjunto de estos gastos no podrá superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto, sin que sea necesaria su justificación.

Porcentaje y cuantía máxima de subvención.

Las ayudas solo serán aplicables si tienen efecto incentivador y la intensidad de la ayuda no excederá:

·  50% de los costes subvencionables en el caso de proyectos de investigación industrial.

·  25% de los costes subvencionables en el caso de proyectos de desarrollo experimental.

Estos porcentajes podrán aumentarse hasta un máximo del 80% de los costes si:

·  Empresas medianas: 10 puntos porcentuales

·  Pequeñas empresas: 20 puntos porcentuales.

·  Colaboración efectiva: 15 puntos porcentuales.

La subvención máxima será:

·  Proyectos individuales: 150.000 euros

·  Proyectos en colaboración: 200.000 euros, sin que ninguna entidad pueda tener una participación en el proyecto inferior al 20 %.

Criterios de Valoración

·  Perfil de las entidades solicitantes: hasta 30 puntos.

·  Características del proyecto: hasta 40 puntos.

·  Capacidad tractora del proyecto: hasta 20 puntos.

·  Otras hasta 10 puntos.

En el caso de que hubiese proyectos cuya valoración supere el 70% y agotaran el presupuesto, se realizará un reparto proporcional entre los mismos.

2.  COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (presupuesto: 162.500 €)

Consiste en impulsar proyectos de reflexión estratégica, reorientación de negocio, diversificación, transformación digital, análisis de mejora competitiva o de reorganización de cualquiera de los procesos de la empresa: preferentemente aquellos que se referencien con la nueva movilidad (electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma).

Gastos Subvencionables

1.  Empresas, serán subvencionables los costes de servicios de asesoramiento y apoyo externo (hasta el 50%).

2.  Entidades sin ánimo de lucro, serán subvencionables (hasta el 70%):

·  Personal de la entidad, promotora, en la medida en que estén dedicadas al proyecto.

·  Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.

·  Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales: no podrá superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto.

Si existe un compromiso de colaboración con MUBIL fundazioa, se incrementará en un 10%.

Si la puntuación obtenida supera los 70 puntos, será del 100% de los costes.

Porcentaje y cuantía máxima de subvención.

Subvención Fondo Perdido y sujeta a Mínimis (200.000 €).-

·  Proyectos individuales: 20.000 €

·  Proyectos en colaboración: 50.000 €

Criterios de valoración

·  Perfil de las entidades solicitantes: hasta 30 puntos.

·  Características del proyecto: hasta 40 puntos.

·  Capacidad tractora del proyecto: hasta 20 puntos.

·  Otras: hasta 10 puntos.

3.  INNOVACIÓN TECNOLÓGICA (presupuesto: 462.500 €)

Proyectos de innovación tecnológica dirigidos a la creación de nuevos productos o procesos productivos, o a su mejora significativa, alineados con los ámbitos definidos por la estrategia MUBIL con la nueva movilidad, entendida como electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma.

Los beneficiaros deberán cumplir con los siguientes requisitos:

·  Las Empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa, siempre que los resultados del proyecto a apoyar sean de aplicación directa a estas instalaciones.

·  Las Entidades sin ánimo de lucro implantadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que se presenten en colaboración y su participación en el proyecto no supere el 40% del mismo.

Los proyectos se podrán presentar de forma individual o en colaboración y en el caso de:

·  El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados

·  El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

Gastos Subvencionables

·  Personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.

·  Instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.

·  Consultoría y servicios equivalentes.

·  Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; estos gastos no podrán superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto.

Porcentaje y cuantía máxima de subvención

Las ayudas solo serán aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda con una intensidad que no excederá del 25% de los costes subvencionables.

Las intensidades de ayuda podrán aumentarse hasta un máximo del 60% de los costes subvencionables si:

·  Medianas empresas: 10 puntos porcentuales

·  Pequeñas empresas: 20 puntos porcentuales

·  Colaboración efectiva: 15 puntos porcentuales. porcentuales

La subvención máxima será:

·  Proyectos individuales: 60.000 €

·  Proyectos en colaboración: 80.000 € con un máximo de 40.000 € por empresa sin que ninguna de ellas pueda tener una participación en el proyecto inferior al 20%.

Criterios de valoración

·  Perfil de las entidades solicitantes: hasta 30 puntos.

·  Características del proyecto: hasta 40 puntos.

·  Capacidad tractora del proyecto: hasta 20 puntos.

·  Otras: hasta 10 puntos.

PLAZOS

·  Presentación de solicitudes: desde el 10 de mayo de 2021 al 10 de junio de 2021, ambos inclusive.

·  Plazo de inicio de los proyectos: los proyectos no podrán haberse iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud.

·  Plazo máximo final de proyectos y su justificación: antes del 9 de septiembre de 2022.


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