2023-07-04-ean idatzita Deialdiak kategorian - Concesión de subvenciones a empresas que vayan a realizar Inversiones en la CAPV destinadas a la Protección del Medio Ambiente.
ORGANISMO: Gobierno Vasco–Dpto. Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
OBJETIVO
Concesión de subvenciones a empresas que vayan a realizar Inversiones en la CAPV destinadas a la Protección del Medio Ambiente.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
1. Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión.
2. Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión.
3. Ayudas para estudios medioambientales.
4. Ayudas a la inversión para el reciclado y reutilización de residuos generados por terceros, si se cumplen las siguientes condiciones acumulativas:
5. Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados cuando no se pueda identificar a la persona responsable de la contaminación o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la rehabilitación de conformidad con el principio «quien contamina paga».
6. Ayudas a las PYMEs para servicios de asesoramiento en materia de medio ambiente.
BENEFICIARIOS
Persona física o jurídica de naturaleza privada dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios, con o sin fines lucrativos, así como las asociaciones constituidas por las mismas que representen los intereses generales y comunes y las Uniones Temporales de Empresas (UTEs).
La línea de ayudas “f” estará dirigida exclusivamente a PYMEs.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE / CUANTÍA MÁXIMA
· En el procedimiento ordinario la subvención máxima será de 200.000 € por proyecto y/o centro de producción para inversiones y para saneamiento de terrenos, y 50.000 € para estudios.
· En el procedimiento simplificado se establecen cuantías máximas de subvención por cada sublínea subvencionable.
· % máximo subvencionable e Intensidad máxima de la ayuda:
LÍNEA DE AYUDA |
% máximo subvencionable |
Cuantía máxima (Procedimiento simplificado - concurrencia no competitiva) |
Cuantía máxima (Procedimiento ordinario - concurrencia competitiva y cuantificación por prorrateo) |
||
Pequeñas Empresas |
Medianas Empresas |
Grandes Empresas |
|||
Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión |
60% |
50% |
40% |
10.000€ |
200.000€ |
Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión: · si la ejecución y la finalización de la inversión tienen lugar más de tres años antes de la fecha de entrada en vigor de la nueva norma de la Unión. · si la ejecución y la finalización de la inversión tienen lugar entre 1 y 3 años antes de la entrada en vigor de las normas. |
20% - 15% |
15% - 10% |
10% - 5% |
10.000€ |
|
Ayudas para realizar estudios ambientales |
70% |
60% |
50% |
10.000€ |
|
Ayudas para el reciclado y reutilización de residuos |
55% |
45% |
35% |
5.000€ |
15.000€ |
Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados |
100% |
100% |
100% |
6.000€ |
|
Ayudas a las PYME para servicios de asesoramiento externo en materia medioambiental (se refiere a cualquier tipo de consultoría externa). |
50% |
50% |
- |
3.000€ |
10.000€ |
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
· Procedimiento ordinario: concurrencia competitiva y cuantificación por prorrateo. que apoyará las líneas a), b), c), d) y e).
· Procedimiento simplificado: concurrencia no competitiva (1.600.000 €) que apoyará las líneas a), b), c), d), e) y f).
El importe de las inversiones a partir del cual deberá concurrirse al procedimiento ordinario, debiendo concurrir al procedimiento simplificado las inversiones que no alcancen dicha cuantía es el siguiente:
LÍNEA DE AYUDA |
Mínimo |
Máximo |
Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión |
5.000€ |
800.000€ |
Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión: · si la ejecución y la finalización de la inversión tienen lugar más de tres años antes de la fecha de entrada en vigor de la nueva norma de la Unión. · si la ejecución y la finalización de la inversión tienen lugar entre 1 y 3 años antes de la entrada en vigor de las normas. |
40.000€ |
|
Ayudas para realizar estudios ambientales |
20.000€ |
|
Ayudas para el reciclado y reutilización de residuos |
40.000€ |
160.000€ |
Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados |
20.000€ |
PLAZO EJECUCIÓN
Inversiones iniciadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Plazo máximo ejecución inversiones: 2,5 años desde la publicación de la convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo para la solicitud de la subvención finalizará el 28 de julio de 2023.