PROGRAMA INDUSTRIA MANUFACTURERA

Published on 2023-05-31 in Calls - La finalidad del apoyo será incentivar la transformación del sector industrial en clave ecológica y sobre la base de la neutralidad climática y la economía circular, mediante la ejecución de planes de innovación y sostenibilidad.

ORGANISMO: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo OBJETO La finalidad del apoyo será incentivar la transformación del sector industrial en clave ecológica y sobre la base de la neutralidad climática y la economía circular, mediante la ejecución de planes de innovación y sostenibilidad. Se apoya, con este objetivo, la puesta en marcha de proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, innovación en materia de organización y en materia de procesos, así como inversiones de carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente o al ahorro energético y energías renovables en el ámbito de la industria manufacturera. BENEFICIARIOS Empresas con personalidad jurídica propia que desarrollen una actividad industrial al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud y encuadradas en los siguientes CNAE´s: • Actividades de producción industrial: CNAE sección C. Divisiones del 10 al 32. • Actividades de valorización y gestión de residuos: Sección 38.3X*. • Actividades de envasado (CNAE 82.92); Actividades de depósito y almacenamiento logístico (CNAE 52.10); Actividades de reparación de maquinaria (CNAE Sección C-Div. 33). ACTUACIONES SUBVENCIONABLE Los proyectos deben estar destinados a su aplicación en la industria manufacturera y enmarcados en, al menos, alguna de las 5 prioridades temáticas siguientes: 1. Economía circular y eco-innovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor. 2. Descarbonización, eficiencia energética, energía renovable y reducción de emisiones. 3. Materiales y productos avanzados. 4. Innovación en procesos de calidad y seguridad. 5. Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad 3 “Materiales”. Línea 1: Investigación Industrial, Desarrollo Experimental e Innovación en materia de organización y procesos: • Proyectos de Investigación. • Proyectos de desarrollo. • Proyectos de innovación en materia de organización. • Proyectos de innovación en materia de procesos. Costes elegibles: • Costes de personal: investigadores, técnicos. • Costes de instrumental y material. • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes. Línea 2: Innovación en sostenibilidad y eficiencia energética • Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente. • Inversiones con carácter innovador en ahorro energético o energías renovables. Costes elegibles: • Aparatos y equipos de producción. • Edificación e instalaciones. • Activos inmateriales. • Colaboraciones externas TIPO DE SUBVENCIÓN En la solicitud, las entidades podrán seleccionar entre la modalidad de subvención, préstamo reembolsable o una combinación de las dos modalidades. El régimen de concesión será de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación. La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% del presupuesto financiable. El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo: • Del 50% del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas. • Del 50% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas. • Del 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética. • Del 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en la Linea de Investigación, Desarrollo e Innovación. • Del 5% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación. Adicionalmente, el importe máximo de subvención a percibir en esta convocatoria estará limitado a 4.000.000 € por grupo empresarial. La parte de la ayuda concedida en la modalidad de préstamo reembolsable tendrá las siguientes características: • Importe del préstamo: el importe nominal del préstamo a conceder estará acotado de acuerdo con los siguientes límites: o El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la Dirección General de Industria y Pequeña y Mediana Empresa (en adelante, DGIPYME) no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado. o El importe nominal del préstamo a conceder no podrá superar la cifra de negocios media en los ejercicios 2021 y 2022. • Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será de 10 años, con un plazo de carencia de 3 años. • Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 0%. PLAZOS PROGRAMA Plazo para acometer el proyecto: Desde día siguiente de la solicitud hasta 24 meses después desde la resolución. Plazo presentación solicitud: desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio de 2023.
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