Programa INDUSTRIA DIGITALA 2024

2024-03-06-ean idatzita Deialdiak kategorian - Ayudas a la digitalización para impulsar la competitividad las empresas vascas mediante la implantación de tecnologías digitales y sostenibles

ORGANISMO CONVOCANTE: SPRI

OBJETO

El programa Industria Digitala está destinado a impulsar a todas las empresas de Euskadi, dotándolas de los recursos y asesoramiento personalizado necesario para aumentar su competitividad mediante la implantación de tecnologías digitales y sostenibles que les permitan desarrollar ventajas competitivas para mejorar su posicionamiento en el mercado.

BENEFICIARIOS

1.  Empresas Industriales.

2.  Empresas de servicios técnicos, de diseño y de logística (ligados al producto-proceso) conexos a las anteriores, así como las empresas que realicen tareas de diseño y montaje de productos industriales situadas en la CAPV.

3.  No podrán ser beneficiarios aquellas que hayan incurrido en discriminación por razón de sexo, así como las que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. Tampoco podrán recibir ayudas o subvenciones las entidades que, debiendo tener un plan de igualdad vigente según la normativa del Estado, no lo tengan, ni aquellas empresas de más de 50 personas trabajadoras que no acrediten haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los siguientes proyectos de implantación de TEICs o de diagnóstico para la evaluación y selección de TEICs:

Para PYMES y grandes empresas:

1.  Sensórica, plataformas para la monitorización de maquinaria, SCADA, servitización, automatización de procesos de producción, Bigdata y blockchain.

2.  Realidad virtual, aumentada y mixta y visión artificial.

3.  Gemelos Digitales: simulación de procesos industriales complejos combinando capacidades físicas y virtuales.

4.  Herramientas de gestión de eficiencia energética y descarbonización.

5.  Sistemas de Gestión de almacén.

6.  Sistemas de Comercio Electrónico: Compras Electrónicas, Ventas Electrónicas. Estos sistemas de Comercio Electrónico deberán estar integrados con los Sistemas de Información de la entidad beneficiaria (Administración, - ERP - Enterprise Resourse Planning). Asimismo, se apoyarán los proyectos de consultoría para la incorporación de la empresa a plataformas comerciales.

7.  Proyectos de incorporación de TEICs que mejoren o automaticen la producción en planta y faciliten el análisis de la situación y la toma de decisiones, no contemplados en los apartados anteriores.

8.  Implantación de Sistemas de visualización de Informes de Business Intelligence y los trabajos necesarios para integrar estos sistemas con las diferentes fuentes de datos.

9.  Implementación de «Servicios de preservación de datos a largo plazo» de acuerdo con los estándares TS 119 511 (2019/06) y TS 119 512 (2020/01) del reglamento europeo eIDAS2 (electronic IDentification, Authentication and trust Services). N.º 47 martes 5 de marzo de 2024 BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO 2024/1162 (7/21)

Únicamente para PYMES:

1.  Sistemas de gestión avanzada de la empresa tipo ERPs, gestión logística de la cadena de suministro SCM (Supply Chain Management), mantenimiento preventivo, sistemas de gestión de asistencia técnica de mantenimiento (SAT), automatización de procesos administrativos y de gestión.

2.  Gestión del ciclo de vida del producto (implantación de aplicaciones del tipo: CAM CAE, PDM o DMF).

3.  Implantación de proyectos CRM Customer Relationship Management) en la entidad beneficiaria

COSTES SUBVENCIONABLES

Tendrán la consideración de gastos y/o inversiones elegibles los de consultoría, ingeniería, hardware y software que cumplan los siguientes requisitos:

·  Devengados o facturados a partir de la presentación de la Solicitud de Ayuda en SPRI y durante los 12 meses siguientes a dicha fecha.

·  Se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la solicitud de ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2024, siempre que estas Solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco.

·  Realizados por empresas expertas externas.

·  Para proyectos que contemplen la implantación de aplicaciones de gestión en formato tipo SAAS, también podrá ser considerado como gasto elegible el coste imputable a este tipo de servicio, durante un plazo máximo de 12 meses, siempre que cumplan las condiciones descritas en las actuaciones subvencionables.

MODALIDAD Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones a fondo perdido y concurrencia competitiva y sujeta a mínimis en los siguientes porcentajes sobre los gastos e inversiones elegibles aprobadas:

·  Micro y Pequeña Empresa, 50 %.

·  Mediana Empresa, 35 %.

·  Gran Empresa, 25%

Se incrementará un 5% adicional, sin superar el límite máximo de las ayudas si:

·  Dispone de un certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain (uso del euskera en la empresa)

·  Disponer de un plan de igualdad

·  Que se trate de un proyecto que implemente Software en euskera

Subvención máxima anual por empresa para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software será de 23.000€, con los siguientes límites:

·  Hardware y/o Softwre: máximo 11.500 euros

·  Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo 23.000 euros.

Los Gastos de Consultoría y/o Ingeniería supondrán como mínimo el 50 % del presupuesto global aceptado del proyecto.

PLAZOS

Desde el 06 de Marzo del 2024 hasta el 04 de Noviembre de 2024.


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